Cómo solucionar el conflicto universitario
Isabel Bohorquez
Gracias al Memo de Mendoza por confiar siempre https://www.memo.com.ar/opinion/bohorquez-analisis-financiamiento-universidades-soluciones/
Pensar soluciones a los problemas es más difícil que describirlos. Sin embargo, justamente son los problemas los que nos hablan y nos “dictan” las posibles maneras de afrontar una salida.
En el caso de las universidades argentinas, la pelea es eminentemente política y la judicialización de la misma no arroja más luz sobre el problema ni se corre de la baldosa de la puja salarial en cuanto a la ley de financiamiento universitario (mientras escribo esta columna se está llevando a cabo una reunión con el juez federal Martín Cormick con representantes del Ejecutivo, la UBA y el Consejo Interuniversitario Nacional con el objetivo de destrabar el conflicto).
Ya dejamos planteado en Pobres y maldecidas universidades argentinas[1] lo que interpretamos como errores tanto de parte del oficialismo como de la oposición…errores o malas intenciones, en un punto se difuminan los bordes.
En esos escenarios, admitir que el sistema tiene fallas graves de eficiencia o que el presupuesto también se malgasta en docentes ociosos, en cajas políticas o fundaciones opacas equivaldría a darle la razón al “adversario” político.
“El sistema es perfecto, lo único que falta es presupuesto”, de este modo, el reclamo presupuestario deja de ser una discusión de gestión educativa y pasa a ser una herramienta de oposición y desgaste partidario hacia el poder ejecutivo.
Lo que queda claro es que este tironeo no es parte de una solución estructural ni mejora la calidad educativa ni plantea ningún tipo de transformación que beneficie al propio sistema y al país.
¿Hay propuestas de solución?
Claramente hay propuestas de solución, existen modelos probados en otros países que ya tienen trayectorias de décadas, aunque muchísima gente dentro de nuestras universidades las desconoce y no hay un hábito interno de debate sobre cómo mejoramos las cosas…en las universidades existe una especie de velo sobre la realidad y cada uno atiende su juego.
El desconocimiento respecto a la ley de Educación Superior N° 24521[2] (del año 1995) aún vigente es abrumador, así como el resto de las leyes que regulan el sistema universitario.
Lo mismo puede decirse respecto a otros modelos de sistema universitario como el expresado en el Proceso de Bolonia[3] (año 1999 en adelante) que dio comienzo a una reforma profunda de las universidades principalmente europeas a partir del modelo anglo americano: carreras más cortas, acento en las competencias laborales, sistema de créditos, cambios en el enfoque pedagógico, etc.; o del sistema solidario de becas de Uruguay (los estudiantes no pagan arancel durante toda la carrera, pero a partir de los 5 años de egresado y durante 25 años o hasta jubilarse pagan un arancel anual que se vuelca a un fondo de becas estudiantiles), por mencionar unos pocos ejemplos…
La primera solución es instalar un debate sobre todo ello y que la gente se entere.
Hay mucha ignorancia.
Veamos que se puede hacer si rompemos la inercia.
Financiamiento por fórmula (Algoritmo Docente-Alumno)
Actualmente, las universidades reciben y distribuyen el presupuesto de personal basándose en la “historia” (lo que gastaron el año anterior) o en la negociación política de los Consejos Directivos.
Ya hemos planteado en Mentiras verdaderas[4] el error histórico de la Ley Puiggrós (año 2015) que derogó el artículo 58 de la ley de Educación Superior.
Aquí transcribimos el artículo de la norma original:
ARTICULO 58. — Corresponde al Estado nacional asegurar el aporte financiero para el sostenimiento de las instituciones universitarias nacionales que garantice su normal funcionamiento desarrollo y cumplimiento de sus fines. Para la distribución de ese aporte entre las mismas se tendrán especialmente en cuenta indicadores de eficiencia y equidad. En ningún caso podrá disminuirse el aporte del Tesoro nacional como contrapartida de la generación de recursos complementarios por parte de las instituciones universitarias nacionales.
Su lectura deja sin argumento a todo el elenco de vociferadores de todos los sectores ya que establece claramente que el Estado debe garantizar el normal funcionamiento de las universidades teniendo en cuenta los indicadores de eficiencia y equidad.
¿Por qué en el año 2015 se derogó el artículo 58?
El Consejo Interuniversitario Nacional (CIN) y los gremios docentes ejercieron una férrea resistencia al modelo, argumentando que importaba criterios de rentabilidad empresarial ajenos a la educación pública y la medida política fue retroceder al incremento inercial histórico.
Una solución posible puede ser la recuperación de esta norma como una brújula objetiva de lo que se debe financiar en cada universidad.
Se puede implementar un modelo de asignación presupuestaria por fórmula, similar al que utilizan países con sistemas universitarios eficientes. El número de cargos y “puntos” de una materia o facultad debe determinarse mediante un algoritmo que cruce tres variables objetivas:
1. Cantidad de alumnos efectivamente activos (inscritos regulares).
2. Tasa de retención y egreso de la carrera.
3. Tipo de disciplina (las carreras con laboratorios o prácticas médicas requieren una relación docente-alumno más baja que las de ciencias sociales).
Si una materia optativa se queda sin alumnos, el sistema detecta la subocupación y el presupuesto de esos cargos se traslada automáticamente a las materias masivas de los primeros años. Se termina el “blindaje” político de las cátedras ricas.
Centralización y “des-patrimonialización de los puntos”
En el modelo actual, los puntos pertenecen a la facultad o a la cátedra de forma casi perpetua (el feudalismo al que venimos aludiendo)
Una solución posible puede consistir en establecer por estatuto que todo cargo que quede vacante (por jubilación, renuncia o fallecimiento) retorne de forma inmediata a una bolsa central administrada por el Rectorado y no por el Decanato. Para volver a utilizar esos puntos, la facultad debe justificar técnicamente la necesidad del cargo ante un comité de auditoría interna, demostrando que no hay exceso de personal en otras áreas de la misma unidad académica.
Se quita a los decanos la “moneda de cambio” con la que crean cargos interinos a dedo para militantes o profesores afines en épocas electorales.
Inversión de la pirámide: tender a la dedicación exclusiva
El sistema de dedicaciones simples (10 horas) atomiza el presupuesto en miles de sueldos bajos de baja productividad institucional y se constituyen en casi el 70 % de los cargos docentes en Argentina.
Una solución posible puede ser iniciar un proceso progresivo de fusión de cargos simples en dedicaciones exclusivas (40 horas) o semiexclusivas (20 horas) mediante concursos públicos de oposición. En lugar de tener cuatro profesores adjuntos de dedicación simple que solo van a dar clase y se retiran, consolidar un único cargo de profesor adjunto exclusivo que investigue, haga extensión, atienda consultas de alumnos y gestione la materia a tiempo completo.
De esta manera, se podría ir constituyendo un plantel docente abocado a la formación de sus estudiantes y a la investigación. Claro que debe haber un control de gestión para evitar la laxitud de las permanentes inasistencias o que cada profesor vaya a su “comodidad” a cumplir con sus compromisos. La vinculación con la realidad, con el campo laboral futuro de los graduados puede sostenerse en experiencias tempranas de pasantías, etc. que también obliguen a los docentes a participar de ellas.
Auditoría externa/interna y control de gestión de la dedicación
La autonomía universitaria no puede ser un cheque en blanco que exima al sistema del control del gasto público.
Ya hemos planteado el rol de la SIGEN (Sindicatura General de la Nación) y de las unidades de auditoría interna de las universidades mediante el cruce obligatorio y automatizado de datos (por ejemplo, a través de sistemas como el SIU-Mapuche personal) que debe ser fortalecido.
Para solucionar el problema de los docentes que solo dan clases un cuatrimestre, por ejemplo, se debe exigir la presentación de un plan de trabajo y un informe de gestión anual aprobado. Si en el segundo cuatrimestre el docente no dicta clases frente al aula, el sistema debe registrar obligatoriamente qué proyecto de investigación acreditado está integrando, qué comisiones de examen presidió o a qué tareas de tutoría o extensión fue reasignado por la fuerza laboral de la universidad.
Desde el punto de vista legal, el Convenio colectivo de trabajo (Decreto 1246/15) y la mayoría de los estatutos universitarios establecen que el docente es contratado por la universidad en un cargo y una dedicación determinada (por ejemplo, profesor adjunto con semidedicación) y no exclusivamente para una única materia lineal.
Las autoridades de la universidad tienen la potestad de aplicar la reasignación de funciones por razones de servicio. Si una materia se dicta solo en el primer cuatrimestre y el docente cobra todo el año, la institución tiene el derecho (y la obligación ética de gestión) de asignarle tareas equivalentes en el segundo cuatrimestre: dictar una materia afín en otra carrera de la misma facultad, colaborar en el dictado de un seminario o materia introductoria en otra facultad de la misma universidad (mediante convenios interfacultades), etc.
¿Por qué no se hace en la práctica?
Si la ley lo permite y el sentido común lo dicta, ¿por qué es tan raro ver a un docente cambiando de aula en el segundo cuatrimestre? Principalmente por tres motivos estructurales:
En primer lugar, cuando un docente rinde un concurso público o recibe un nombramiento interino, el acta del Consejo Directivo suele decir textualmente “desígnese al profesor X en la cátedra Introducción al Derecho de la Facultad de Derecho” por ejemplo. Al quedar el nombre de la materia explícito en la designación, los gremios y los propios docentes argumentan que no se los puede obligar a dictar otra materia para la cual “no concursaron”, amparándose en el derecho a la idoneidad específica.
En segundo lugar, las universidades públicas argentinas funcionan como confederaciones de repúblicas independientes. Si un docente de la Facultad de Ciencias Económicas tiene el segundo cuatrimestre libre, el Decano de Económicas rara vez va a “ceder” voluntariamente a su docente (y, por ende, el presupuesto que representa) a la Facultad de Ingeniería o de Ciencias Sociales, aunque allí falten profesores. Ceder el docente implica perder el control político y presupuestario sobre esos “puntos” de la planta laboral.
En tercer lugar, cualquier intento de las autoridades rectorales por reasignar obligatoriamente a los docentes que quedan sin carga áulica en el segundo cuatrimestre es catalogado inmediatamente por los sindicatos como “flexibilización laboral” o “persecución”. Los gremios defienden la postura de que las tareas no presenciales del segundo cuatrimestre (planificación, corrección tardía, investigación abstracta) no requieren control presencial ni reasignación de contenidos.
Mientras el Estado paga salarios completos a docentes que pasan un cuatrimestre entero sin pisar un aula porque sus materias terminaron, la misma universidad contrata nuevos docentes interinos “a dedo” en otra facultad contigua para cubrir aulas sobrepobladas en ese mismo período, duplicando el gasto de manera totalmente ineficiente.
El argumento de la «idoneidad específica» basado en el texto exacto del acta de designación es, efectivamente, una constante en casi todas las universidades estatales.
Cada una de las universidades públicas es autónoma para dictar su propio estatuto y sus ordenanzas de concurso, sin embargo, la gran mayoría comparte esa misma tradición jurídica y burocrática que atomiza al docente en una materia fija.
¿Cuál sería la solución para implementar estas soluciones?
En principio, cualquier medida debe partir de un reconocimiento de un piso de derechos adquiridos que no perjudique el salario de los docentes. La lógica no debe ser de recorte sino de transparencia y control de gestión.
Cambiar la estructura “interna” de las universidades es un desafío enorme, pero hay que apuntar a una transformación basada en la mejora con el aval de la sociedad y proponer discusiones que ya se han dado en otros países.
Ninguna de estas medidas requiere una nueva ley del Congreso; pueden aplicarse modificando los estatutos internos de las universidades o mediante resoluciones de los Consejos Superiores.
Sin embargo, su implementación encuentra una resistencia feroz por parte de los gremios y las agrupaciones políticas universitarias, ya que la transparencia de los datos y la automatización de los recursos eliminan el margen de discrecionalidad que sostiene su poder territorial.
Las corporaciones gremiales no deben tener el monopolio de la norma.
Mientras las designaciones sigan siendo redactadas con la rigidez del siglo pasado y los controles sigan siendo internos y políticos, el gremio siempre encontrará un vacío legal para defender el statu quo.
La solución pasa por modernizar el derecho administrativo universitario y exponer la ineficiencia mediante datos públicos inapelables.
Para entender por qué los gremios asumen estas actitudes de rigidez absoluta ante cualquier intento de reforma, hay que salir de la superficie discursiva (la defensa de los derechos del trabajador) y mirar las lógicas de supervivencia institucional, política y económica que rigen al sindicalismo universitario en Argentina.
Un gremio no opera como un filósofo de la educación buscando el bien común; opera como una organización política abocada a acumular y conservar poder. Desde esa perspectiva, la rigidez no es un capricho irracional, es una estrategia perfectamente racional para sus propios intereses.
En el sistema universitario argentino, el poder de un gremio se mide por la cantidad de cotizantes (afiliados) y por su capacidad de movilización, a más cargos, más afiliados.
El sistema está inundado de dedicaciones simples (aprox. 70%) y hace años que nadie hace nada por cambiar esta situación. Para el gremio, es mucho más rentable políticamente defender la existencia de cuatro cargos de dedicación simple (10 horas) que un solo cargo de dedicación exclusiva (40 horas). Cuatro cargos simples representan cuatro potenciales afiliados, cuatro votos en las elecciones de los claustros de la universidad y cuatro personas que dependen de la estructura gremial. Consolidar el sistema en pocas dedicaciones exclusivas y eficientes achicaría drásticamente la base clientelar y de representación de las cúpulas sindicales.
Por otra parte, la mayor fuente de poder de un sindicato es su capacidad de otorgar previsibilidad o “salvar” a un trabajador de la discrecionalidad patronal.
Cuando un gremio logra conquistas como el Artículo 73 del Convenio Colectivo (que titularizó masivamente por antigüedad a docentes que habían entrado sin concurso), se posiciona ante las bases como el único garante de la estabilidad laboral.
Si el sistema se flexibiliza, si los puntos vuelven al Rectorado y si cada cargo debe ganarse obligatoriamente en un concurso público, abierto y transparente evaluado por jurados externos de prestigio, el gremio pierde el control sobre la carrera docente. Ya no puede ofrecer protección ni “gestionar” el ingreso de sus militantes en los decanatos amigos. La rigidez normativa es el escudo que construyeron para que el mérito académico o la eficiencia del gasto no pasen por encima de los acuerdos políticos internos.
Finalmente, en la cultura sindical argentina existe una subordinación a la política partidaria. Los gremios universitarios no son islas, la inmensa mayoría está federada en estructuras nacionales (CONADU, FEDUN, CTERA) orgánicamente alineadas con partidos políticos (principalmente distintas vertientes del peronismo, el kirchnerismo y la izquierda).
Los gremios defienden la rigidez del sistema porque las fallas de eficiencia de la universidad son, al mismo tiempo, las fuentes de su poder político. Un sistema transparente, automatizado, basado en el mérito de los concursos y controlado por el rendimiento de alumnos activos dejaría a las cúpulas sindicales sin margen para la negociación de pasillo, el reparto de cargos interinos y el control territorial de las facultades.
En resumen, las soluciones de elaborar el presupuesto nacional universitario siguiendo indicadores de una fórmula según un algoritmo docente-alumnos, “despatrimonializar los puntos”, tender a la dedicación exclusiva e implementar auditorías externas e internas así como un mayor control de gestión de la dedicación son las bases de una mayor transparencia institucional y le permitirán al sistema universitario avanzar hacia un modelo que integre cátedras en departamentos, elabore planes de estudio con flexibilidad curricular, pensando en el mundo del trabajo y en las áreas productivas por región, y elabore horizontes posibles para la sociedad en vez de mirarse hacia dentro y batallar por el poder político.
Las soluciones son procedimentales, administrativas, con los recursos que ya se tienen y sin necesidad de recortar presupuesto ni aumentarlo a ciegas.
Es tiempo de que la academia surja entre los escombros de una vieja y poco diáfana política que la ha subyugado y la ha sometido.
Hay una salida.
¿Podrán nuestras universidades empezar a discutir un nuevo modelo?
¿Acompañará la sociedad?
¿Saldremos de la inercia que nubla el pensamiento y la capacidad de construir algo nuevo?
[1]https://isabelbohorquez.com/2026/08/16/pobres-y-maldecidas-universidades-argentinas/
[2] https://servicios.infoleg.gob.ar/infolegInternet/anexos/25000-29999/25394/texact.htm
[3] https://www.enic-naric.net/page-bologna-process
[4] https://isabelbohorquez.com/2026/07/05/mentiras-verdaderas/
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